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Año: 1953, Fallos: 227:458 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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E 4 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
SOCIEDAD ANONIMA °GHISO"
JUBILACIÓN DEL PERSONAL DEL COMERCIO, ACTIVIDA-

DES AFINES Y CIVILES,
Los directores de una sociedad anónima que, además de su E función de tales, desempeñan tareas administrativas por las que reciben una remuneración, son por esta eircunstancia —al igual que el socio gerente de una sociedad de responsabilidad limitada— empleados de ella, con la consiguiente obligación de efectuar aportes al Instituto Nacional de Previsión Social, La situación de mandatario «e la sociedad no modifien el hecho real que importa desempeñar la gerencia de la misma.


DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN
DEL DECRETO-LEY 31,665/44 Resoneción Der Directorio DEL INSTITUTO NACIONAL
DE PREVISIÓN SOCIAL
Señores Directores :

Estudiadas las presentes actuaciones, atento el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de fecha 30 de mayo «le 1951, en el caso "°Magnaseo y Cía. S. A", pr los fundamentos del proyecto de resolución elevado por la Junta Seleecional (fs. 63/65) y, en mérito a lo dispuesto por el Directorio en fecha 22 de setiembre de 1949, en el expediente 47.707/46INPS-9150-8. Com. de don Franeiseo Alvarez Rodríguez, con carácter general para la Sección Decreto-ley 31.665/44, von procedimiento complementario de las normas para substancia ción de sumarios aprobadas oportunamente por el Directorio.

esta Comisión aconseja:

1 Declarar que los Directores de la firma Ghiso S. A.

que desempeñan tareas administrativas rentadas, están vom.

prendidos en el art. 2" del decreto-ley 31.665/44.

2) Descstimar, en consecuencia, los desenrgos formulados por la nombrada firma.

3) Intimar a la firma Ghiso S. A, para que dentro del plazo de 15 días, a contar desde la fecha de notificación auténtica de la resolución, regularice su situación frente a la Ser Y -

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Año: 1953, CSJN Fallos: 227:458 
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