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Año: 1955, Fallos: 233:118 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DICTAMEN DEL PrOCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

El Juzgado 1" 4 en lo Civil y Comercial de La Plata (Pcia. de Buenos Aires) libró, en los autos "Oberto de Oberto, Cristina e/ Selva, José Luis s/ cobro ejecutivo", el exhorto obrante a fs. 88, mediante el cual solicita al Juez Nacional de Paz Letrada de esta Capital trabe embargo sobre los fondos que se obtengan de la venta de una máquina de carpintería decretada en los autos "Miremont Hnos. e/ Selva, José Luis s/ cobro ordinario de pesos", que por ante el exhortado tramitaban, así como también la transferencia de dichos fondos a su orden y como pertenecientes a la causa en que se dirige, El Juez Nacional ha accedido a lo solicitado únicamente sobre los fondos que queden luego de haberse hecho íntegro pago del capital reclamado, sus intereses y las costas en los autos "Miremont Hnos. c/ Selva, José Luis" y, a raíz de insistir el Juez provincial en su anterior solicitud, se ha producido un conflicto que compete a V. E. dirimir, de acuerdo con lo que establece el art. 24, inc. 8°, de la ley 13,998.

Entiendo que es ajustada a derecho la negativa del juez exhortado. Los fondos cuyo embargo y transferencia se le ha solicitado fueron ya embargados y depositados en el juicio que por ante él se tramita y que se encuentra prácticamente terminado, faltando sólo pagar al actor del mismo la suma que le corresponde.

Si se cumpliera en su integridad el exhorto de fs.

88, que fué librado cuatro meses después de dictada la resolución que ordenó llevar adelante la ejecución de la sentencia de fs. 68 (ver fs. 80 vta.), se privaría al vencedor de este juicio de los legítimos derechos que adquirió a trayés de su actividad procesal, en beneficio de un tercero extraño al mismo. Pero, hay algo más

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Año: 1955, CSJN Fallos: 233:118 
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