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Año: 1957, Fallos: 238:76 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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tender con respecto alos delitos perpetrados en la ciudad de Pergmnino, Remitanse los autos ul Sr, Juez de la Capital, quien hará expedir las pisas necesarias para el conocimiento del Sr.

Juez provinelal respectivo y háwase sabor en la forma de estilo al Se. Juez Nuetonal de San Nicolás, Murnzvo Onaaz — Maxvrr, J, Anas Sanís — Exmgrr V, Caria — Cantos Hunnena — Brssamíx ViMbAs Masavin.naso,
ENRIQUE CRISTORAL FILIPPINT y. DELICIA MARTIN DE BALCON
RECURSO. EXTEAORDEN ARO: Neguísitas propias, Cuestiones nu federales, Nemtenciós vehilvaróss, la vitenustancia de que el tribunal de alenda contirme el auto de prisión preventiva y con posterioridad, en sentencia no esprov? ta de fundamento, abstelva_ a ha procesada, o plantva enestidn tonstitucio,... bastante para mustentar el recurso extranttimario, pitos el prímes pronunciamiento es de vundetor presvimurio (1),
AVAN DOMINGO PERON
GOMERNO DEFAC TO, . .
Atumiogitos mes mes ecamuieno sí da Revolución del 16 de setiembre de 1955 ue hizo relamente: vontra hu when: ue nn gimen e sí, además, vino a enmbine los M5. Us olatmente devtro ue mquel limitado tin, de corregir los aliisos, que Ne mANieiente metida us farma recubacor a todo movimiento revolucionario trmntanto, dende cabe plantear el pvblema de Ins facultados de un Gomerma provisional para establecer nganos y procedimientos adectindos con el abjeto de hacer posible mua weoración eficaz,

GOMERNO DEFACTO,
Na puede válidamente discutirse el derecho de la evolución triunfante en petiwnberes. ole MANO peros investigue y vepurar hos alimos cometidos durante wi rgimon nmteríor, El Mwetetadey A148-38, que ereó la Junta Navional de Nevuperación Matrimonial, está vn estrveba conexión con los fines inmedia tos de la MHevulución, Así resulta de ha prochama dirigida nl país pur el jefe Mel mvimiento, del cummnivado a las imerzna anuadas expedido el día 21 5) AP de junio, Mattos ai et,

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Año: 1957, CSJN Fallos: 238:76 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-238/pagina-76

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