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Año: 1959, Fallos: 244:46 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ANDRES MALFATTI y OTROS v. S. A. PESPERIA Y OTRO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas locales de procedimientos. Costas y honorarios.

La interpretación y aplicación del arancel para abogados y procuradores, es materia ajena al recurso extraordinario (1).

HONORARIOS: Regulación. :

La regulación de honorarios sin ulterior trámite es procedimiento regular e incluso legalmente admitido.

MARIA MATILDE ORTIZ BASUALDO y OTRA v. Soc. EN COMANDITA —A. DUARTE y Cía.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Principios generales, El agravio fundado en la arbitrariedad resulta inadmisible enando la sentencia concuerda con la doctrina de los precedentes de In Corte (2).


MARIA ESTHER RODRIGUEZ PINEDO v. MARTA ESTHER MARIN
DE BRUGNETTINI
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas y actos comunes.

La sentencia del tribunal de alzada que, revocando el pronunciamiento del inferior, hnee lugar al interdicto de recobrar In posesión de un departamento, decide enestiones de hecho y de derecho común y procesal, propias de los jueces de la enusa y ajenas a la jurisdicción extraordinaria de la Corte.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión federal. Oportunidad. Planteamiento en el escrito de interposición del veeurso ertraordinario.

El acorimiento de las pretensiones :de una de las partes es eventualidad previsible que obliga a plantear en oportunidad procesal las defensas pertinentes. La proposición de cuestiones federales, después del fallo final de la cansa, resulta tardía. Ello es esí, aún en lo atinente a la alegada arbitrariedad, cuando ésta se hace consistir en el acogimiento de la tesis jurídica — (1) 10 de junto.

2) 10 de junio, 4

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Año: 1959, CSJN Fallos: 244:46 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-244/pagina-46

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