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Año: 1959, Fallos: 244:61 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Considerando: .

Que, según consta en autos, el apoderado del Sr. Alberto Manuel Campos, atribuyendo a éste la propiedad de los semana- .

rios "Norte" y "Voz Peronista", promovió demanda de amparo ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal n° 2 de la Capital (fs. 7/8). Sostuvo que la Dirección de Coordinación Federal, al secuestrar ediciones e impedir la publicación de los referidos semanarios, mediante el establecimiento de "consigna policial"? en la imprenta "The Standard", calle Rivadavia n° 831 de esta Capital, ha lesionado las garantías constitucionales previstas en los arts. 14, 17 y 18 de la Constitución Nacional. Y, con base en tales preceptos, reclamó se dejaran sin efecto las aludidas restricciones impuestas al derecho de su mandante.

Que requeridos los pertinentes informes, el Sr. Jefe de la Policía Federal comunicó al Juzgado que esa Policía "por inter- —medio de la Dirección de Coordinación Federal, a partir del 11 de noviembre ppdo., procedió al secuestro de 24.523 ejemplares del semanario "Norte" y 8486 del semanario "Voz Peivnista", cumpliendo órdenes directas del Poder Ejecutivo Nacional, impartidas en virtud del estado de sitio" (fs. 17). A su turno, el Sr.

Ministro del Interior remitió copia de la orden impartida por el Poder Ejecutivo al Sr. Jefe de la Policía Federal, a fin de que éste dispusiera las medidas necesarias para el secuestro de todas las publicaciones "de carácter insurreccional, que estimulen o fomenten huelgas declaradas ilegales, o que por cualquier concepto, constituyan motivo de perturbación de la tranquilidad general y el orden público" (fs. 29 y 30); e informó, asimismo, que la vigilancia policial establecida en la imprenta "The Standard", tuvo por objeto "verificar que no se impriman publicaciones de carácter insurreccional o que por cualquier concepto constituyan motivo de perturbación de la tranquilidad y el orden público cumpliéndose así directivas impartidas por el Poder Ejecutivo Nacional" (fs. 36).

Que la demanda de amparo interpuesta fué desestimada en todas sus partes por el Sr. Juez Nacional interviniente (fs. 37/ 38) y, deducido el pertinente recurso de apelación, el tribunal a quo confirmó la sentencia en cuanto al secuestro de los ejemplares de los semanarios antes mencionados, pero decidió revocarla en lo atinente a la consigna policial establecida en la imprenta "The Standard"'. Y respecto de este segundo punto, dispuso librar oficios al Ministerio del Interior y a la Policía Federal "a efectos de que se proceda a retirar la aludida consigna" una vez que quede consentido el pronunciamiento dictado (fs. 48/50).

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Año: 1959, CSJN Fallos: 244:61 
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