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Año: 1960, Fallos: 246:212 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Por ello, habiendo dictaminado el Señor Procurador General, se confirma la sentencia de fs. 23 en cuanto ha sido materia del recurso, BENJAMÍN ViLLEGAS BasaviLBaso — AnistónvLo D. Aríoz DE LaMaprID — Luis María Borri Bocceno — JuLI1O OYHANARTE.


JUAN CARREÑO VALLFJO
BOSQUES, :
La ley 13.273, sobre hosques y tierras forestales, es una ley de policía federal de aleanee nacional, dictada por el Congreso de la Nación como consecuencia de la facultad que le otorga el art. 67, ine. 16, de la Constitución Nacional.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional, Causas penales.

Violación de normas federales.

El conocimiento y decisión de las enusas regidas por leyes de policía federal corresponde a los tribunales federales, conforme a lo dispuesto en los arts.

100 de la Constitución Nacional, 2 y 3 de la ley 45; por lo que la expresión juez competente", contenida en el art. 70 de la ley 13.273, debe entenderse referida a la justicia federal (en el caso, se impuso al presunto infraetor una multa por haber comprobado la Administración Nacional de Bosques, en la Provincia de La Rioja, contravenciones forestales previstas en el art. 64, ines, b y h, de esa ley). Tal conclusión se robustece con lo dispuesto por la ley local 2501, que aprobó el convenio celebrado entre la AdminNtración y la Provincia citadas, En consecuencia, corresponde al Juez Federal de La Rioja, y no a la justicia provincial, conocer del recurso de apelación interpuesto por el sancionado,

SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL .
La Rioja, 31 de marzo de 1959.

Y vistos: Los presentes autos earatulados: "Carreño Vallejo, Juan s/ interpone recurso de apelación contra resolución 1416 de la Administración Nacional de Bosques (expte, 127.201/955) Expte. 53 año 1956, para resolver el recurso de apelación interpuesto por el Sr. Juan Carreño a fs, 8 vta.

Y considerando: , 1 Que previo a un pronunciamiento de fondo, corresponde determinar si el Juzgado es competente o no para intervenir en esta enusa. .

La ley 13.273 del 30 de noviembre de 1945 sobre "Defensa, mejoramiento y ampliación de bosques" tiene un ámbito de aplicación netamente federal, así lo dispone el art. 39, ines. a y b. Si bien el ine. b) del mismo artículo establece que quedan sometidos a las disposiciones de la presente ley : "los bosques y tierras forestales de propiedad privada o pública ubicados en las provincias que se acojan a su rézimen", ello en nada altera la jurisdieción de las provincias

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Año: 1960, CSJN Fallos: 246:212 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-246/pagina-212

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