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Año: 1960, Fallos: 247:357 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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de la Ciudad de Córdoba es el competente para conocer del juicio seguido por Antonio Fabián contra Arnaldo Lerner S. R. L. sob:

cobro de pesos. Remítansele los autos y hágase saber en la forma de estilo al Sr. Juez Nacional del Trabajo.

BENJAMÍN ViLLEGAs BasavitBaso — AnIstóBULO D. Aríoz DE LAMADRID — Junio OrHanarre — Ricanno Cor.omBrEs.


JOSE ALEJO BENANCIO AGUER
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Causas penales.

Tor el lugar.

Es competente el juez federal y no el juez en lo penal de San Nicolás para conocer del delito de hurto que se habría cometido en el interior de una sucursal de Correos y Telecomunieaciones, instalada en aquella ciudad.


DICTAMEN DEL ProcURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Puesto que el delito origen de esta causa se habría cometido en el interior de la sucursal que Corres y Telecomunicaciones tiene instalada en la ciudad de San Nicolás (Provincia de Buenos Aires), es decir, en una oficina pública dependiente de la Nación, su juzgamiento corresponde a los tribunales de esta última, según así resulta de lo dispuesto por el art. 3", ine, 4, de la ley 48 (Fallos: 122:5 ; 166:193 , entre muchos otros).

En consecuencia, estimo que procede declarar competente al Sr. Juez Federal con asiento en aquella ciudad. Buenos Aires, 13 de junio de 1960. — Ramón Lascano. ,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 20 de julio de 1960.

Autos y vistos:

De acuerdo con lo dictaminado precedentemente por el Sr.

Procurador General, con lo resuelto por esta Corte en los casos que cita y en Fallos: 177:478 ; 195:132 ; 235:189 ; 239:47 , entre otros, se declara que el Sr. Juez Federal de San Nicolás es el competente para conocer de esta causa. Remítansele los autos y

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Año: 1960, CSJN Fallos: 247:357 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-247/pagina-357

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