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Año: 1960, Fallos: 248:129 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Procurador General, se revoca la sentencia de fs. 12/14, quedando firme lo resuelto a fs. 6.

ArISTÓRULO D. Aráoz DE LaMADRID — Luis María Borrr Boccero —Junio Ovmanarre — ESTEBAN Imaz.


VICENTE GRANOLLERS v. MUNICIPALIDAD DE La CIUDAD

DE BUENOS AIRES
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Concepto.

Para la procedencia del recurso extraordinario se requiere que la cuestión federal plantenda tenga relación directa e inmediata con la materia del pronunciamiento. Esa relación existe cuando la solución de la causa depende necesariamente ¿c la interpretación que se dé a la cláusula cuestionada de la Constitución o ley especial del Congreso, de modo tal que la decisión que al respecto dicte la Corte tenga eficacia para modificar la sentencia recurrida.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Sentencias con fundamentos no federales o federales consentidos. Fundamentos de hecho.

Es improcedente el recurso extraordinario fundado en la inconstitucionalidad del art. 11 de la ley 13.264 —por excluir éste el luero cesante de las indemnizaciones originadas en la expropiación, con violación del art. 17 de la Constitución Nacional— si la sentencia resuelve, con fundamentos no federales bastantes para sustentarla, que no existe prueba en autos del de causalidad entre el desalojo motivado por la expropiación y el quebranto reclamado.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Principios generales.

La tacha de arbitrariedad no procede por meras diserepancias aceren de la apreciación de pruebas producidas o de la inteligencia atribuída a preceptos de derecho común, así se estimen esas diserepancias legítimas y fundadas.

Esa tacha no tiene por objeto la corrección, en tercera instancia, de séntencias equivocadas o que se estimen tales, sino que atiende sólo u los supuestos de omisiones de gravedad extrema en que, a enusa de ellos, las sratencias quedan desealificadas como actos judiciales.


DICTAMEN DEL ProcuraDOR GENERAL
Suprema Corte:

La cuestión federal referente a la inconstitucionalidad del art. 11 de la ley 13.264, en cuanto dicha norma excluye la indem

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Año: 1960, CSJN Fallos: 248:129 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-248/pagina-129

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