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Año: 1960, Fallos: 248:582 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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se pretende y no exista prueba respecto de la "actitud negativa pasiva" atribuída a la Caja, es suficiente para determinar la improcedencia de la demanda.

En su mérito, habiendo dictaminado el Sr. Procurador General, se confirma la sentencia de fs. 14/15.

x JuLIo OvHanarte — Perro ABerasTURY — Ricarno ConomBres — EstEñax Imaz.

NACION ARGENTINA v. S. A. JOSE BALBIANT .

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Exclusión de las cuestiones de hecho, Expropiación.

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jurisdicción extraordinaria de la Corte.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de las leyes federales. Leyes federales de carácter procesal.

Aunque la ley aplicable sea federal, no procede el recurso extraordinario contra la sentencia que resuelve el cargo de las costas en un juicio de expropiación, sobre la base de aspectos procesales y de hecho del pleito, como son los relativos al monto del depósito inicial y a la oportunidad en que fueron retirados los fondos.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

El recurso extraordinario interpuesto a fs. 368 es procedente por hallarse en juego la interpretación de normas federales (art.

14, inc. 3, de la ley 48).

En cuanto al fondo del asunto, la parte actora actúa por intermedio de apoderado especial, quien ya ha asumido ante V.

E. la intervención que le corresponde (fs. 375). Buenos Aires, 4 de diciembre de 1958. — Ramón Lascano.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 7 de diciembre de 1960.

Vistos los autos: "Estado Nacional Argentino c/ Balbiani, José S. A. s/ expropiación".

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Año: 1960, CSJN Fallos: 248:582 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-248/pagina-582

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