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Año: 1961, Fallos: 251:247 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 4. 97 EXPROPIACIÓN: Principios generales, La exigencia de que la expropiación responda a una causa de utilidad pública representa, para los particulares, una garantía constitucional en res guardo de la propiedad privada.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho de propiedad.

La inviolabilidad de la propiedad supone que sólo mediante la indemnización previa y por causa de utilidad pública puede extinguirse para su titular.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Generalidades.

La primera y más elemental de las funciones que incumben a los jueces es" la de proteger las garantías constitucionales, declarando la invalidez de los actos del Estado que pretendan vulnerarlas.

EXPROPIACION: Procedimiento. Procedimiento judicial.

La expropiación incluye una etapa judicial que la integra. En ella se hace efectivo el resareimiento y se deelara la transferencia del dominio. La expropiación se perfecciona siempre con intervención de los jueces.

EXPROPIACION: Principios generales.

La entrega, como dádiva, a un particular, de la cosa expropiada, vicia e invalida la acción expropiatoria y obliga a descalificarla judicialmente, EXPROPIACIÓN: Principios generales.

La expropiación, instituída por el poder constituyente con el carácter de procedimiento extraordinario, tiende a posibilitar el logro de fines de utilidad pública o de mejoramiento social.

EXPROPIACION: Principios generales.

Admitir que se expropie de alguien lo que otro recibirá sin más razón que la de gozar del favor oficial, implica tanto como atribuir al Estado potestades despóticas, inconciliables con el ordenamiento jurídico argentino.

EXPROPIACION: Efectos.

El rechazo de la acción expropiatoria, con fundamento en haberse aplicado al interés privado la cosa expropiada, no descalifica al Estado para ejercer
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importe mercaderías en infracción al régimen aduanero. Correlativamente, el expropiado no podrá obtener luero ilegítimo ni gozar de privilegios por haber transgredido prohibiciones del poder administrador.


SENTENCIA DEL JUEZ NACIONAL EN LO CiviL Y COMERCIAL FEDERAL
Buenos Aires, 30 de abril de 1958, Y vistos:

Para sentencia esta causa "Fisco Nacional c/ Ferrario, Jorge J. s/ expropiación antomóvil", y

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Año: 1961, CSJN Fallos: 251:247 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-251/pagina-247

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