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Año: 1963, Fallos: 256:339 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 339 É

NESTOR JAIME ROPRIGUEZ y OTROS v. ALBERTO CARLOS DUMAR
y Ora RECURSO EXTRAORDINARIO: Reguisitos formales, Interposición del reeurso.

Término.

El anto denezatorio del recurso extraordinario, Mumdado en la cirennstancia de hallarse firme la sentencia contra la enal se lo dedujo, es insusceptible de revisión por la Corte €),
ESTHER MANUELA GARCIA 1£ TESTA 5. NACION ARGENTINA
RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Tercera instancio, Juicios vn que la Nación es parte.

Para determinar la procedencia del recurso ordinario de apelación, en tercera instancia, corresponde estar a la «uma reelimada en la demanda, con-prescindencia de que, por la aenmilación de Jas enotas de alquileres devengados eurante el tronscurso del pleito, hava alcanzado wna enntidad -perior a da establecida por el art. 24, ine, 6, ap. e), del deereto-ley 125555, modifiendo por la dey 15.271.

RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Tercera instancia. Juicios en que la Naeiin es parte.

Procede el recurso ordinario de apclación, en tercera instancia, =i los alquileres comprendidos en el lapso transcurrido entre la fecha del reclamo sdministrativo y la fecha de iniciación de la demunda, incluídos en el pedido inicial de renju-te de arrendamientos y comiderados por la sentencia recurrida, exce den ent conjunto el mínimo lezal de msn, 1,000.000,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 12 de agosto de 1963.

Vistos los anitos : °Reenrso de hecho deducido por la deman dada en la cansa Testa, Esther Manuela García de e La Nación y o Ministerio de Edueación y Justicia", para decidir sobre su procedencia.

Y considerando:

Que median, en el caso de autos, cirenmstancias especiales que impiden la aplicación de la doctrina establecida por esta Corte en la enusa °°L, 112- XIV - fallada el 24 de abril del corriente año, y a la que se remite el Tribal a quo para denegar el recurso ordinario de apelación deducido por el Sr. Procurador Fiscal de Cámara a fs. 105.

19 de agosto. Fúllos: 2517 524.

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Año: 1963, CSJN Fallos: 256:339 
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