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Año: 1963, Fallos: 256:372 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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372 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA RECURSO EXTRAORDINARIO: Reqrisitos comunes, Graramen, Es improcedente el recurso estreordinario, con fundamento en la gerantía de la defensa en juieio, si el agravio deriva de ta conducta discrecional det recurrente,
RUBEN OMAR ARNOLETTO
SERVICIO MILITAR,
No es pertinente la inteligencia de las Esposiciones respectivas de la Ley Orzánica del Ejército, de manera que haza posible la dilación indeterminada dela prestación del servicio militar, Corresponde confirwar la sentencia que desestima el pedido de excepción formulado por un eindadano que ha invo vado la casal de ser sostén de padre impedido y, Tuezo de incorporada prueba de que sus padres trabajan, acredita que La tenido un bijo y contraído matrimonio (1),
ADELA MENDEZ 5: BASOMBRIO
RECURSO EXTRAORDIN AútIO: Principios generales, La jurisdieción extrrordinaria neordmds a la Corte Suprema por el art. 14 de la ley 48, comprende esencialmente el control de constitucionalidad de las Normas y actos de las autoridades nacionales y lentes y, además, el ejercicio de la ensación federal, que versa sobre la interpretación de Ins normas y netos federales, Ello no impide que, en determinados ámbitos normativos, el legislador otorgue esa Mución de casación de las nornias tedernles a un soby úrzano jerisdiccional, emvo nenrro com el art, Elite da Ley 14.206, RECUESO EXTRAORDINARIO: Principios nenerales, Sida enestión ha sido resnelta por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en tallo plenario, a través de los reenrsos de inaplicabilidad de ley, o mediando error manifiesto en la ¿decisión ni interés institucional, es improcedente la intervención de la Corte Suprema por vía del recurso extraordinario.

Ello implicaría la «superposición de instaneins de essción «que exerden los fines que requiere la aplicación uniforme del derecho federal, toda vez que ese requisito ha sido «ntistecho, en rennión plonariz, por otro alto Tribunal de la Nación,
AURILACION Y PENSION,
La posibilidad de la existencia de soluciones opinables en materia inbilutoria mo justifica la ¡linctada revisión de los fallos plovarios de la Cámara Naeional de Apeliciones del Trabajo reeaidos es os eatsas que conoce por vía de! recurso del art. 14 de la ley 14.256, T (1) 2 de agosto.

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Año: 1963, CSJN Fallos: 256:372 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-256/pagina-372

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