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32) y de la Dirección Generatdte-fentas (fs. 46/47) y la citación a los autos del Fisco de la Provincia de Corrientes y del representante municipal, demuestran que el juicio tramitó en la forma contenciosa exigida por el art. 24 de la ley 14.159, modificado por el
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Año: 1967, CSJN Fallos: 268:186
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