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Año: 1969, Fallos: 274:37 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DAÑOS Y PERJUICIOS: Culpa. Eztracontroctual, patrullero Policía la Provincia Buenos po e ue ha ps e de me "" produjo como. comeruencia de una fala. el- el mecenas AMTETO Postal ae a e tr bilidad civil de la Provincia ° Les
DICTAMEN DEL ProcuraDor GENERAL
Suprema Corte:

De conformidad con lo dispuesto por los arts, 100 y 101 de la Constitución Nacional y 24, ¡ne. 1, del decreto-ley 1285/58 —ley 14.467— y doctrina de V. E, de Fallos: 255:321 : 256:202 , y sus citas, opino que corresponde al Tribunal conocer originariamente en esta cnusa, Buenos Aires, 23 de octubre de 1968, Eduardo H. Marquardt,

FALLO DE LA CORTE SUPREMA .
Buenos Aires, 13 de junio de 1969.

Y vistos: Estos autos promovidos por la Caja Nacional de Ahorro Postal contra la Provincia de Buenos Aires y don Antonio Rodríguez, de los que:

Resulta: R Que a fs. 30/31 la actora demanda a dicha provincia y a don Antonio Rodríguez, por cobro de la suma de miga 173.04 en concepto de daños y perjuicios. Expresa la Caja que a tal cantidad ascendió Jo pagado al señor Omar Alberto Lizarazu, a quien aseguró el vehículo de su propiedad, chapa B-220.251. AgreEa que el día 22 de setiembre de 1967, cuando el asegurado circulaba por la avenida Márquez, de Este a Oeste, a la altura de las calles Las Lomas y J. S. Fernández del Partido de San Isidro, fue chocado en su parte posterior por un patrullero de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, conducido por el sargento Antonio Rodríguez, que le causó los daños cuyo pago reclama. Atribuye la responsabilidad a los demandados y pide también el pago de intereses y costas, e DE a Aa Aire de manda y su en so como consecuencia de la disminución ra. de la velocidad del vehículo de Lizarazu, quien no hizo señas de que iba a girar o

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Año: 1969, CSJN Fallos: 274:37 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-274/pagina-37

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