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Año: 1971, Fallos: 275:382 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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teros y demás personal que se encontraba en el establecimiento, a los efectos del cuidado y guarda del ganado. Puntualizó asimismo el citado funcionario que éste quedaba en pastoreo. Deja constancia de la oposición del mayordomo que lo representaba a todo lo actuado y aducido en la emergencia.

En la misma fecha del lanzamiento, se formalizó protesta ante escribano, dejando constancia de la existencia de 5.000 vacunos, además de implementos no inventariados. En igual sentido se dirigió al Ministro de Asuntos Agrarios y al Interventor de la Provincia.

Se refiere a varias actuaciones judiciales y extrajudiciales tendientes a la misma protesta por retención de animales y ausencia de inventario. El 11 de junio de 1962 rechazó la intimación que se le formulara de abonar pastaje y efectuar medidas sanitarias a los animales, pues considera que todo era a cargo del Instituto Agrario.

Recuerda especialmente que el 28 de junio de 1962 recibió el anuncio de que se efectuaría el inventario de la hacienda, a lo que contestó que el mismo debía comprender los animales propios y de terceros, además de mejoras y bienes muebles. El 5 de julio remitió telegrama al Ministerio de Asuntos Agrarios, dejando constancia de no haberse cumplido el inventario y de graves irregularidades come-° tidas en perjuicio de su hacienda. Refiere una larga serie de telegramas y protestas, reclamando siempre porque no se realizaba un inventario detallado, en la forma que él pidiera. Se refiere además a actas labradas para dejar constancia de sucesivos retiros de hacienda. Alude a serias irregularidades cometidas en el juicio de expropiación, en perjuicio de sus derechos, las cuales no guardan relación directa con lo reclamado por las partes en el juicio.

No admite que mediara entorpecimiento de su parte, sino sólo defensa de sus derechos. Protesta por la afirmación de la actora de que no retiró de inmediato las cosas y haciendas de su propiedad, pues dice que ello obedeció a que la Provincia se apoderó de ellas y no le permitió el retiro. No acepta que existiera algún acuerdo sobre el pretendido pastoreo, sino sólo una manifestación unilateral del representante oficial en tal sentido e insiste fundamentalmente en la falta de inventario.

Sostiene que la propia actora reconoció que, al producirse el lanzamiento, existían en el campo 3557 cabezas y a los nueve meses quedaban 1815, con una pérdida consiguiente de 1742.

Se opone a reconocer suma alguna en concepto de pastaje porque el mismo no se convino; la Provincia retuvo indebidamente la

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Año: 1971, CSJN Fallos: 275:382 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-275/pagina-382

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