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Año: 1970, Fallos: 276:227 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ridad de Buenos Aires que negó validez a dl de e «05 accionantes en su » por tanto, dicho agravio es ajeno a o e Po — Pe eel desd ella.

consecuencia, opino que corresponde declarar Juviocadonte «l recurso extraordinario, Buenos Aires, 5 de marzo de 1970. Eduardo H. Marquardt.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 15 de abril de 1970, Vistos los autos: "Cáceres Cowan, Ms s/interpone recuno de apelación contra resolución del Consejo Profesional de Ciencias Económicas". .

Considerando:

19) Que la sentencia apelada de fs. 24/30 confirmó la decisión del Consejo Profesional de Ciencias Económicos de la PrVSo, de Buenos Aires, que canceló la matrícula de varios contadores que obtuvieron su Mindo en la República del Paraguay. Esta medida se fundó, a su vez, en la resolución de la Universidad de Buenos Aires que dejó sin efecto la habilitación de los títulos otorgados en su favor.

2) Que el fallo ha decidido una cuestión m— de recurso extraordinario, en cuanto admite la procedencia de la cancelación de la matrícula de los recurrentes por el citado Consejo Profesional, e la e de las — qu acuerdan . arts, 14 y 24, inc, 5, 8 y 10? de la ley incial 7195, cuya inte! gencia, su índole, es ajena a la Mer pie de esta Corte. a" 3) Que la apelación tampoco se sustenta en función de lo dispuesto en el Tratado de 1889, referente al Ejercicio de Profesiones Liberales, porque el punto relativo a la validez de los títulos del acto de la Universidad de Buenos Aires que nulificó, en 1957, la habilitación concedida en 1954, es materia que, como lo denuncian los propios apelantes, se examina actualmente en juicio ordinario, nte la junco Federal de la Capital; de modo que no corresponde a esta pronunciarse en el "sub judice" e tal cuestión de fondo, al entender en el recurso interpuesto contra de dello e da a mérito de la ley local, respecto de la matriculación de apelantes,

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Año: 1970, CSJN Fallos: 276:227 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-276/pagina-227

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