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Año: 1972, Fallos: 283:72 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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No posede el recurso evtracadinario cuando Be decidido por la Camara se funda ventancialmente en el alcance de las pruebas producida en La causa y mo en una inteligencia ade da Jey de vinos con la que discrepo el apelante $15.

RECURSO EX TIFAORDIN ABRIO Requisitos propios Cuestión federal Cuestiones [A devales simples. Interpretación: de utras mormtas y actos federales.

No se lescomcrs da valides de um acto de autoridad macimal cuando bos jueves.

em vimed de un recurso de apelación tegalmente reglado, revocan o modifican uma deciión adminntrativa (37

FELIPE CANTAS
FURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Competencia macional. Catas penales. Delitos que obtrayes el vormal funcionamiento de las invitaciones nacionales, Ta detona de La Corte segun La cual comesponde a da Cámara Federal en bo Penal de la Nacion eomocer de os debitos que, aún no enumerados en la primera parte del me e, del art 35 dde da dev 19053, havan sido cometidos em las sircumetancias que describen los apartados 1 a 6 de dicho incivo, es aplicable al ee del delirs de falo restimonto cometido al deponer como tecigo en una causa de competencia de aquelfa Cámara, que instruyó, por delegación de ésta, el Juer Feskeral de Vielma Ello así porque el debito de falo testimonio —que perjadica la buena mlministración de jmericio— ha preido olvtruir La acción de aquel tribunal cuando fue Marado a decidir esa cansa, Mierams mir Procunaor Graimar Suprema Corte Los presuntos delitos de falo testimonio que corresponde investigar en autos habrian sido perpetrados al declarar diversas personas en un sumario de competencia de la Cámara Federal de la Nación instruido en las ciudades de San Carlos de Bariloche y Viedma, actuando el Juez Federal de esa jurisdicción como delegado de la Cámara, Alora bien, con arreglo alo resuelto por V. E. el 7 de abril del corriente año 1 re "Castiazoro, Eugenio Francisco", Comp. N" 537, EXVD, el delito de fabo testimonio cometido en un preso seguido ante la Cámara Federal em le Peral de la Nación mo car bajo la competencia de ésta, — 0) 26.de jun 30 Fale 19E50, 245.347,

LA A

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Año: 1972, CSJN Fallos: 283:72 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-283/pagina-72

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