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Año: 1972, Fallos: 284:89 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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tienda declarando que toca entender en autos al señor Juez Nacional en lo Criminal de Instrucción. Buenos Aires, 13 de octubre de 1972 Eduardo 11.

Marquardt.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 18 de octubre de 1972 Autos y Vistos; Considerando:

Que entre los hechos denunciados en la causa figura el de lesiones causadas contra un agente de la Polica Federal con motivo del servicio que éste cumplia. El caso encuadra estrictamente en lo dispuesto por el art. 3, inc. e, de la ley 19053, que no formula distinciones respecto de la competencia de la Cámara Federal en lo Penal de la Nación en los casos de muerte o lesiones contra los miembros de las fuerzas que allí se mencionan.

Por ello, habiendo dictaminado el Señor Procurador General, se declava la competencia de la Cámara Federal en lo Penal de la Nación para conocer de esta causa, que se le remitirá. Hágase saber al Señor Juez Nacio nal en lo Criminal de Instrucción.

Evuano A. Onriz Basuarno — Rosenro E.

Cuure — Luis Canos Caunar — Man GARITA AnRGÚAS.

FERROCARMILES ARGENTINOS
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia macional. Causas penales. Deli los en perjuicio de los bienes y rentas de la Nación y de sus reparticiones auárquicas.

Los delitos que se cometan contra establecimientos nacionales —y lo son los elementos fijos o móviles de Ferrocarriles Argentinos afectados al servicio deben ser investigados por la Cámara Federal en lo Penal de la Nación. Tal el robo perpetrado dentro de una casilla utilizada para expendio de bultos (°), 0) 20 de octubre.

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Año: 1972, CSJN Fallos: 284:89 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-284/pagina-89

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