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Año: 1972, Fallos: 284:93 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DE JUSTICIA DE La VacIÓN LE
JUAN CARLOS IGLESIAS y Ono .


ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS JUDICIALES,
Corresponde rechazar el pedido de investigación fundado en la ley 16937, de ducido contra jueces de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Ecomúmico, con base exclusivamente en el contenido de una carta —que se hizo pública dirigida por un tercero al Presidente de dicha Cámara, sí en el pro ces por cobecho a que dío lugar la carta de referencia, al negarse a declarar su firmante y al mo tener corroboración la imputación, se sobreseyó definitiva mente en la causa
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 20 de octubre de 1972 Vistas las precedentes actuaciones de Superientendencia 35/71, y Considerando:

19) Que la Corte Suprema mediante resolución de 26 de abril de 1971 E. 16/17— dispuso reservar las presentes actuaciones de Superintendencia en las cuales los Dres. Juan Carlos Iglesias y Manuel Mario de Tezanos Pinto solicitaban del Tribunal instruyera el sumario que prevé la ley 16,937 para determinar si correspondía o no cl enjuiciamiento de los señores Jueces de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, doctores José 1. Sarsfield Otero y César Enrique Romero.

Esa petición se fundó en las acusaciones indirectas contra dichos ca maristas que, según afirmaron aquellos letrados, contenía una carta —que se hizo pública— dirigida al Se. Presidente de la mencionada Cámara por Diego Muniz Barreto a raíz de una resolución recaída en causa seguida contra el Frigorífico Swift y otros por monopolio.

27) Que la reserva dispuesta por esta Corte a que antes se ha aludido, quedó supeditada a las resoluciones que recayeran: a) en el sumario ad ministrativo dispuesto por la Cámara Nacional en lo Penal Económico y b) en la denuncia criminal —que se radicó en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal NY 1 formulada por los mismos doctores Iglesias y Tezanos Pinto sobre la base, también, de las imputaciones conte nidas en la referida carta de Muniz Barreto.

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Año: 1972, CSJN Fallos: 284:93 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-284/pagina-93

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