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Año: 1980, Fallos: 302:1218 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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va que permita presumir una repercusión económica perjudicial que trascienda a los infereses particulares afectados.

Ello es sín duda así, pero corresponde también destacar que esa trascendencia debe tener una extensión o profundidad suficientes para que quepa considerar afectados intereses no meramente plurales de los ciudadanos, sino aquéllos que alcanzan a la Nación misma.

La acción subversiva se ve facilitada, y a veces permitida, por li repercusión social de desastres económicos provocados por la conducía de personas que aún sin el propósito concreto de favorecerla, obran, en el manejo de los cuantiosos bienes cuya disposición o administración tienen a st cargo, con espíritu de lucro tan desaprensivo que le gan a alterar las bases de la paz social, Esa alteración debe necesariamente provenir de la perturbación al funcionamiento de una empresa de importancia suficiente —sca por su magnitud misma, sea por su influencia en razón de las caructerísticas del me dio en que desarrolla la actividad productiva— como para que la buena marcha de ella pueda considerarse un interés general de la Nación 9) Que, como consecuencia de lo expuesto, corresponde concluir que el tipo del art. 67 de la ley 20510 sólo cabe entenderse realizado cuando la acción de los imputados haya producido riesgo para un establecimiento que revista la trascendencia acotada en el considerando anterior, Ese requisito no se suple con la sola relación de la empresa con ha actividad financiera que el estado nacional controla, así como no compete a la justicia federal el conocimiento de cualquier delito cometido en el comercio de granos o carnes por el sólo hecho de que ese tráfico se encuentre regulado por leyes federales.

Para advertirlo claramente es necesario distinguir diferentes aspectos de los hechos imputados que resultan violatorios de diversos ordemaumientos legales, La realización de opericiones crediticias clandestinas implica, desde el punto de vista del derecho federal, una infracción 2 las respoctivas reglamentaciones del Banco Central que serán sancionadas con las penas que prevé la ley 21,526, Frente al derecho común, en cambio,

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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:1218 
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