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Año: 1980, Fallos: 302:1215 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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40) Que sobre la hase de lo expuesto resulta necesario admitir que Las figuras creadas por la ley 20,840 deben haber sido establecidas con el propósito de tutelar bienes jurídicos cuya salvaguarda incumbe al Estado Nacional Tal ha sido el eríterio que inspiró lo resuelto en Fallos: 252:257 , 316:256 - 317:259 :M0; 279:336 : 200:315 ; 252:464 : 283:28 ; 284:100 ; 292:534 , entre muchos otros, donde la Corte estableció los alcances de disposiciones que atribuían «a la justicia federal el conocimiento de causas criminales, Na Juz de esa pauta corresponde interpretar las normas en cuestión, Ello así, porque un criterio diverso conduciría, ora a privar de efecto, aumque fuera parcialmente, a lo dispuesto en forma expresi por el art. 13 de ta ley 20,810 por medio de una interpretación que su testo no consiente, contrariando la doctrina de Fallos: 257:295 ; 262:41 ; 277:213 : ora a colocarlo en pugna con la Constitución Nacional, con olvido del ya citado criterio de Fallos: 235:192 : 261:59 ; 262:41 ; 263:03 , 460; 267:478 ; 275:62 : 281:146 : 291:3 ; 297:142 .

La necesidad de señalar esos límites resulta subrayada por la sub¡ sistencia de descripciones no derogadas del Código Penal que incrimi nan conductas también abarcadas, aparentemente, por algunos de los tipos de la ley 20.810.

5") Que tal superposición es la que ha dado lugar a esta contien| da. como se señalara en el considerando primero.

| Si se advierte que cilo ecurre con figuras del Código que no revisten carácter nacional y se tiene presente lo dicho acerca de las ca| racterísticas que, necesariamente, debe poseer el bien jurídico tutelado | por toda norma represiva de naturaleza federal, el criterio distintivo aparece elaro.

Esa diferencia provendrá de la efectiva lesión o puesta en peligro.

en cada caso, de un interés cuya tutela se encuentra asignada a los poderes de la Nación.

De tal modo, quedarán excluidos de los tipos en cuestión, y consecuentemente de la jurisdicción federal, los hechos que, aún cuando se integren por actos aparentemente adecuados a la figura del art. 6? de

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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:1215 
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