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Año: 1980, Fallos: 302:478 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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478 FALLOS DE LA CONTE SUPREMA 289:486 , recaido en un asunto relacionado con el inmuchle en autos, el Tribunal admitió la concurrencia de dicho extremo, ello fue así por plantearse entonces "una cuestión vinculada con el cumplimiento, por el juez de esta causa, de una medida cautelar dispuesta por un magistrado de igual jerarquía" (ver considerando 32), problema este ajeno por completo al que ahora se suscita, Por ello, se desestima la queja.

ApDorro R. GAmueri: — Aneranoo F. Rossi — Penno J. Fuías — Etías P. GUASTAVINO.


IVANA ADELA LUCARELLI
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales, Sentencuas arbitrarias. Improcedencia del recurso, La afirmación del tribunal relativa 4 que la peticionante estaba incapacitada en formo integral y permunente al tiempo de afiliarse a la Caja res pectiva y que, en tal situación no se cumple con la finalidad del sistema legal que tiende a evitar afiliaciones de esa indole, acuerda humbamento bastante al fallo que permiten descartar la tacha de arbitrariedad alegada, mavime cuando la restante prueba ofrecida po mejora la posición del recurente, como lo destaca el a ep (7).


ISABEL PISANO me TOCA
RECURSO. EXTRAORDINARIO: Hequisitos comunes, Gravamen, No pueden mvocarse agravios de carácter constitucional cuando ellos de rivan de la propia comucta discrecional del recurrente. Ello resulta apli1) 20 de mayo. Causa "Moreno EF. s/mbilación", del 2 de octubre de 1979,

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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:478 
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