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Año: 1980, Fallos: 302:512 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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pierde virtualidad el carácter de discriminatorio atribuido a la aplica ción que de esa legislación hacen las autoridades competentes.

Estimo, en consecuencia, que corresponde rechazar la demanco motivo de esta causa. Buenos Aires, 20 de febrero de 1950, Mario Justa López.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 5 de junio de 1990, Vistos para sentencia estos autos: "Cía. Eldorado Colonización y Explotación de Bosques Ltda. S.A, c/Misiones, Provincia de s/repetición" de los «ue Resulta:

D La empresa actora dedicada, según expresa, a la colonización y explotación de bosques en la Provincia de Misiones, demanda por repetición de la suma de $ S581958 pagada en concepto de derecho de inspección forestal. Dice que extrac de sus tierras distintas especies de maderas que generalmente traslada fuera de la provincia para su industrialización y que soporta en esa actividad los gravámenes que se le imponen con fundamento en las leyes 251, 556 y 572 y sus normas complementarias.

Estas disposiciones legales a más de instituir un derecho de inspección, fijan bonificaciones para los productos forestales a industrializarse total o integramente en territorio provincial lo que significa someter a imposición el solo hecho de trasladar madera fuera del territorio de la provincia violando los derechos constitucionales establecidos en los arts, 9 a 1 y 67 inc, 12 de la Constitución Nacional. Tal actitud de las autoridades locales —continúa— se encuentra en pugna con esos principios y la jurisprudencia que sobre el tema ha elaborado esta Corte y por tal razón inicia la presente demanda por la que persigue la repetición de lo pagado, con más la desvalorización monetaria, intereses y Las costas del juicio.

ID) A fs, 246/49 comparece la Provincia de Misiones. Formula una negativa general de los hechos invocados y comenta las disposi

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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:512 
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