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Año: 1981, Fallos: 303:639 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FABRICA ARGENTINA ve CAÑOS vr ACERO £ INDUSTRIAS

ELECTROMECANICAS MAURICIO SILBERT
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Mesoluciones anteriores q la sentencia definitica. Varias.

Las resoluciones por las cales los tribunales en lo comercial califican la conducta con motivo de quiebra ocurrida, no revisten carácter definitivo en los términos del art. 14 de la ley 48 (1). :

FRANCISCA HARO ve DOMINGUEZ y Ono v. OSVALDO RIGAMONTI S.A.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia dejinit'va. Resoluciones posteriores a la sentencia.

Las decisiones recaidas en los procedimientos de ejecución de sentencia y tendientes a hacerla efectiva no son susceptibles de recurso extraordinario salvo que lo resuelto resulte ajeno a la sentencia que se ejecuta o importe un apartamiento palmario de lo dispuesto en ella. No cabe hacer excepción al referido principio si el pronunciamiento adoptado por el a quo acerca de la sentencia firme en punto a la tasa de interés, constituye una interpretación posible de dicha sentencia (2)

SER S.E.L.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. improcedencia del recurso.

Corresponde rechazar el agravio relativo a la inaplicabilidad del art. 1198 del Código Civil —en virtud de haber mediado ratificación del contrato originado por parte de la accionante—, toda vez que el fallo no sustenta el reajuste de la prestación de la deudora en aquella norma sino en una ') 5 de mayo. Fallos: 259:185 ; 250:9 ; 262:446 : 280:45 ; 295:931 : 297::337. ? 2) 5 de mayo. Fallos: 272:299 ; 273:103 ; 276:273 ,

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Año: 1981, CSJN Fallos: 303:639 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-303/pagina-639

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