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Año: 1964, Fallos: 259:185 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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TIBURCIO SANTIAGO BORDENAVE —stcesión— RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva, Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias.

La resolución por la cual

RECURSO EXTRAORDINARIO: Reguisitos propios. Seutencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva, Varas, La cireunstancia de que la resolución apelada imponga al recurrente la necesidad de continuar actuando en juicio, no ocasiona agravio insusceptible de reparación en las instancias ordinarias (3).

JOAQUIN ANTONIO CESAROTTO y Otros v. MANUEL BARREIRO :

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones uo federales. In= terpretación de normas locales de procedimientos, Casos varios, Lo atinente a los efectos de la incomparecencia del absolvente, así como al aleanee de la confesión fieta, no constituyen enestiones federales que autoricen el recurso extraordinario (°).


JOAQUIN ANTONIO CESAROTTO Y OTROs yv. MANUEL BARREIRO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos commes, Gravamen, No procede el recurso extraordinario euando el agravio constitucional en que se lo funda deriva de la propia conducta diserecional del apelante (4).

S. A. JUAN ORSI E Hrsos RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Sentencia definitiva, Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva, Varias, La eslificación prominciada por los ineces de la quiebra, en tanto se halla supeditada a lo que resuelva en la jurisdieción represiva, no reviste el enráeter de sentencia definitiva en los términos del art. 14 de la Joy 45 (5).

1 22 de julio.

2) Falles: 249:120 , 1) 22 de julio, Fallos: 253:386 .

1) 22 de julio, Fallos: 252:208 , 5) 22 de julio, Fallos: 195:335 ; 245:182 ,

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Año: 1964, CSJN Fallos: 259:185 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-259/pagina-185

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