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Año: 1982, Fallos: 304:1154 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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JORGE AMERICO NOVYU
RECURSO EXTRAORDINARIO; Requisitos propios. Sentencia definitiva Coucepto y generalidades, La resolución que confirmó la decisión del juez de grado por La que rabia declarado su incompetencia para conocer en un hábeas corpus, en tanto ro importa la denegatoría del fuero federal, no es apta para habilitar la com» petencia extraordinaria de la Corte al no revestir carácter de sentencia definitiva en los términos del art. 14 de la ley 45, máxime que no se demuestra en la especie la imposibilidad absoluto de superar las dificultades cue expresa el recurrente para ejercer su derecho de defensa (1) MARIA ESTELA MARTINEZ e PERON y OTROs CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Igualdad.

Corresponde rechazar el agravio referido a la violación de la warantia de igualdad, si no se advierte en autos ní se intenta demostrar que los hechos invocados —arresto de la imputada desde el 24/3/76, su inclusión en el Acta Institucional de Responsabilidad del 18/6/76 y la reprobación de su conducta por medio de discursos públicos—, por completo ajenos a los investigados en el caso, hubieran determinado de alguna manera su decisión. Elo así, pues las sentencias de ambas instancias se husan exclusivamente en las constancias de los procesos, sin que se advierta en ellas la formulación de juicios extras ' contenido de las causas, CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías Igualedud.

No alcanzan para demostrar la existencia de trato discriminatorio el alegado desconocimiento de la cosa juzgada —que sólo se vincula a uno de los numerosos hechos imputados—. el argumento referido a la violación del principio del juez natural— pues la situación resulta extraña «a la casa, Las expresiones vertidas por el a quo sobre la solidez del falto de primera ne tancia —i en aquélla se efectuó un acabado análisis de las evestiones plir teadas ante la alzada—, y la graduación de la pena impuesta —que no im porta un apartamiento de las pantas establecidas en el Código Penal, 0) 12 de agosto.

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Año: 1982, CSJN Fallos: 304:1154 
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