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Año: 1983, Fallos: 305:2251 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 2251
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

La Sala N9 1 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contenciosoadministrativo Federal confirmó el fallo de primera instancia, € hizo lugar a la acción de amparo por la cual se solicitó la nulidad | del decreto N° 682/83, que había ordenado el secuestro de una edición de la revista "La Semana", Contra esa decisión interpuso el representante del Estado Nacional recurso extraordinario, que fue concedido.

I A mi parecer, carece de la fundamentación requerida por el art.

15 de la ley 48 y reiterada jurisprudencia de V. E. lo argiido por el apelante en el sentido de que corresponde a la Junta Militar, como órgano supremo del Estado, corregir los abusos en que incurrieran los medios de comunicación, para lo cual debe utilizar todos los recursos legales a su alcance y ejercitar las facultades emergentes en respaldo del Poder Ejecutivo Nacional para resguardar el orden, la seguridad pública y el respeto a las instituciones.

Esa es mi opinión dado que el apelante no invoca norma alguna que otorgue las facultades pretendidas, ni rebate la doctrina de la Corte, fundada en las enseñanzas de José Manuel Estrada, según la cual, las condiciones generales sobre las que reposa la libertad de imprenta en la legislación moderna son: la supresión de la censura previa, la abolición de la represión administrativa y el establecimiento de una represión puramente judicial, contra todos los delitos cometidos por medio de la prensa (Fallos: 270:268 , 289; 293:560 . Véase mi dictamen del 20 de abril de 1983, in re "Canteros Félix C/Estado Nacional (Mterio. del Interior) s/amparo").

HH
Tampoco reúne, a mi juicio, las exigencias de fundamentación mínima lo alegado por el recurrente en el sentido de que no se ha respe- > tado la esfera de reserva del Poder Ejecutivo, pues el ámbito de control

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Año: 1983, CSJN Fallos: 305:2251 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-305/pagina-2251

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