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Año: 1983, Fallos: 305:383 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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terpuesto y se deja sin efecto la sentencia apelada. Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte nuevo pronunciamiento.

ELías P. GUASTAVINO.


RODOLFO JUAN LIMA —SUC.— v. BANCO HIPOTECARIO NACIONAL

BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.
Es arbitraria la sentencia que prescinde de las normas legales específicas que regulan las relaciones entre el Banco Hipotecario Nacional y los beneficiarios de sus planes de crédito, omitiendo considerar que el mismo se hallaba autorizado por su Carta Orgánica, para la constitución de un seguro sobre la vida del deudor ('). :


ANDREA CRISTINA VELASCO De LOPEZ v. LUIS SANDOVAL
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Tribunal superior.

Reviste —en el caso— el carácter de sentencia definitiva del superior tribunal de la causa dictada por una Cámara provincial que confirmó la declaración de nulidad de la subasta realizada, y no obsta para la admisión del recurso extraordinario federal la deducción simultánea de la casación provincial, declarada improcedente por deficiencias de trámite (:).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no Jederales. Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso.

La existencia de soluciones diferentes en la jurisprudencia ordinaria de tribunales provinciales o nacionales y aún de la Corte, no autoriza a re1) 22 de marzo.

2) 22 de marzo; Fallos: 304:1468 .

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Año: 1983, CSJN Fallos: 305:383 
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