Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1986, Fallos: 308:1394 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...



TENENCIA DE ESTI UPEFACIENTES . .
El sujeto puede un día, probar la droga, comenzar luego a cónsumirla.

ocasionalmente y finalmente arribar a un estado de dependencia psí- .

quica —y en algunos casos física— de ella. Frente a estas distintas situaciones o etapas, las diferentes respuestas que debe proporcionar el Estado tienen una gran influencia sobre el individuo. Una respuesta de tipo penal, tendiente a proteger la salud pública a través de una figura de peligro abstracto, no tendrá siempre un efecto disuasivo moralizador positivo respecto del consumidor ocasional o aquél que se inicie en la droga, y muchos casos, ante su irremediable rotulación como delincuente, el individuo será empujado al accionar delictivo indu- .

cido por la propia. ley. .

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Generalidades.

La prohibición constitucional de interferir con las conductas privadas .

de los hombres, responde a una concepción según la cual el Estado no debe imponer ideales de vida a los individuos, sino ofrecerles libertad .

para que ellos los elijan. .

CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Leyes nacionales comunes.

La prohibición constitucional de interferir con la conducta privada de los hombres es suficiente por sí.misma para invalidar el art. 6° de la ley 20.771, cuya inconstitucionalidad se declara en cuanto incrimina la simple tenencia de estupefacientes para uso personal.

INTERPRETACION DE LA CONSTITUCION. .

Nuestro país atraviesa una coyuntura histórico-política particular, en Ja cual, desde las distintas instancias de producción e interpretación normativas se intenta reconstruir un orden jurídico, con el objetivo de restablecer y afianzar para el futuro en su totalidad las formas democráticas y republicanas de convivencia de los argentinos, de modo que , ° dicho objetivo debe orientar la hermenéutica constitucional en todos los campos (Voto del Dr. Enrique Santiago Petracchi).

TENENCIA D': ESTUPEFACIENTES .

La droga es una lacra que produce atroces consecuencias en las sociedades modernas. Una de dichas consecuencias es la de que la diseminación y desborde del tráfico y consumo de estupefacientes ha adquirido un volumen tal y tan descomunal, que ha facilitado la conformación de un negocio económico administrado por consorcios interna

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

7

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1986, CSJN Fallos: 308:1394 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-308/pagina-1394

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 308 Volumen: 1 en el número: 1394 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com