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Año: 1986, Fallos: 308:2038 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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vención de V.E. (v. sentencia del 19 de agosto de 1986 - Competen Cia 822 - L. XX - "Obra Social del M.OSS.P. s/nulidad de actos administrativos"). Buenos Aires, 22 de septiembre de 1986. José Osvaldo Casas. - .

FALLO DE LA CORTE SUPREMA - .
Buenos Aires, 23 de octubre de 1986 Autos y Vistos: - - .

De conformidad con lo dictaminado precedentemente por el se- hor Procurador Fiscal, cuyos fundamentos se dan por reprodúcidos en razón de brevedad, no corresponde que esta Corte se pronuncie, pues el conflicto ha sido definitivamente dirimido por el órgano investido con facultades para ello por el art. 24, inc. 7? del decretoley 1285/58, según el texto establecido por la ley 21.708. Remítanse las actuaciones al Juzgado Nacional de Primera Instancia Especial en lo Civil y Comercial N° 12 y hágase saber a la señora juez a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Ne 37.

AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO — CARLOS S. FAYT — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JORGE ANTONIO BAcouÉ.

MARIA LIRIA BORRAJO . .
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de extremos conducentes. 5 Corresponde dejar sin efecto la sentencia que confirmó el decreto municipal que rechazó la reubicación escalafonaria solicitada, si habiéndose jubilado la recurrente durante la vigencia de la ordenanza .

18.743 la categoría de director general de 3", que pertenecía al "personal superior", es manifiesta la razonabilidad de sus objeciones con- .

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:2038 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-308/pagina-2038

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