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Año: 1986, Fallos: 308:923 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Por ello, se confirma el fallo de fs. 47/48 en cuanto fue objeto — de recurso. Sin costas, en atención a no existir actividad procesal de la parte vencedora en esta instancia. 7 AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO — CARLOS S. FAYT — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JORGE ANTONIO BACQUÉ, D'AMORE y Cía. S. A. nr AHORRO y PRESTAMO v. BANCO CENTRAL DE 14

REPUBLICA ARGENTINA -
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Subsistencia de los requisitos.

Si, según resulta de lo informado, la resolución del Banco Central mediante la cual se dispuso la intervención cautelar de la entidad financiera quedó sin efecto a raíz de haberse revocado la autorización para funcionar y dispuesto la liquidación de la entidad: financiera apelante, no subsiste el agravio que dio origen a las actuaciones, y la ausencia de dicho requisito torna improcedente el remedio federal (1).


HERMOGENES ESPINDOLA v. SILVANA S.C.P.A. y OTRO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso.

Fundamento. , Cuardo se invoca la falta de consideración de determinados elementos de juicio, no basta con señalarlos, sino que es preciso también demos trar su conducencia para variar el resultado de la cuestión (2). 1) 17 de junio. Fallos: 286:220 ; 293:42 ; 298:33 ; 301:947 .

2) 17 de junio. Causas: "Scocimarro, Vicente c/Maritima Davenia S.A.C." y "Lopetegui, Rosa M. c/Medilogos S.A.", del 6 de junio y 24 de octubre de 1985, respectivamente.

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:923 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-308/pagina-923

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