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Año: 1986, Fallos: 308:926 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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32) Que se agravia el recurrente de que el pronunciamiento- apelado, si bien acepta en sus considerandos argumentos favor de una nueva regulación de sus honorarios, mayor que la efectuada antes, acaba por fijarlos en una suma que resulta menor si se atiende a la depreciación monetaria operada. . .

4) Que asiste razón al recurrente en tanto el a quo consideró que debía limitarse, en lo que al caso interesa, al capítulo de la - apelación que consideraba bajos los honorarios regulados y concluyó en que atentas las circunstancias ellos no resultaban adecuados, por lo que debía admitirse la pretensión articulada a su res- ° pecto, pero, sin embargo fijó un nuevo monto, inferior en valores.

constantes al antes determinado.

5) Que esto hace que la sentencia apelada sea autocontradictoria, por lo que cabe aplicar en el caso la doctrina de esta Corte sobre la arbitrariedad. .

Por ello, se deja sin efecto la sentencia apelada, en cuanto fue:

materia de recurso. .

—_—_ CARLOS S. FAYT.

SEGBA S. A. v. GUILLERMO G. SOLER Y Orra _— RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cues - tiomes federales simples. Interpretación de las leyes federales. . , Procede el recurso extraordinario cuando se trata de la interpretación de una norma de carácter federal —en el caso, ley 19.552—.

SERVIDUMBRE. . . - .
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que condenó a Segba S. A. a pagar a los propietarios del fundo sirviente una indemnización por la servidumbre de electroducto constituida a favor de aquélla, para el paso aéreo de líneas de alta tensión por entender que el hecho de la.

existencia de ese vínculo jurídico origina por sf solo un perjuicio

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:926 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-308/pagina-926

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