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Año: 1987, Fallos: 310:1547 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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presumiblemente puede llegar a tener influencia decisiva enla solución del litigio y en el caso la cuestión debatida aparece vinculada con aspectos del derecho laboral y de las convenciones colectivas de trabalo (1).


MOVIMIENTO POPULAR CATAMARQUEÑO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas regidas por normas federales.

Corresponde a la Justicia Federal con competencia electoral, conocer en las cuestiones vinculadas con las elecciones de autoridades intemas de un partido político provincial con actuación en el orden nacional.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

La cuestión sometida a conocimiento de V. E., resulta sustancialmente análoga a la que tuviera oportunidad de examinar in re "Juez Federal y Electoral s/remisión de expediente s/inhibitoria planteada por el Movimiento Popular Catamarqueño" (Competencia 400, XX), que esa Corte resolviera el 81 de julio pasado, compartiendo los fundamentos y conclusiones de mi dictamen del 28 de ese mes.

Consecuentemente, y como pienso que las mismas razones a que allí aludí tornan aconsejable que también en este caso el Tribunal se expida sin más trámite sobre el tema de competencia propuesto, por razones de brevedad me remito a lo expuesto en el mentado dic tamen, dando por reproducido lo que en él expresara.

1) 11 de agosto. Fallos: 253:25 ; 208:446 ; 300:484 , 1148.

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:1547 
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