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Año: 1987, Fallos: 310:746 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia. . .

La inobservancia de las formas sustanciales del juicio en materia cri- minal se produce tanto cuando no se da al imputado oportunidad de ser oído, como cuando se priva al defensor designado por él de toda .

oportunidad de actuar, o se le confiere sólo una intervención Formal (1). .

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia. . La resolución que rechazó el recurso de apelación con patrocinio letrado contra la condena por infracción al art. 19, inc. f), de la ley 8895 de la Provincia de Buenos Aires por haber omitido agregar el "jus pre .— visional" establecido por la ley provincial 10.268 y el bono previsto en la ley 8480 y desestimó la apelación del procesado, que había :nani festado que rectificaba sus dichos en sede provincial y solicitó la apertura de la causa a prueba conforme a lo dispuesto en la ley provincial de faltas, ofreciendo la conducente para demostrár su inocencia, ha impedido, por consideraciones de carácter formal el derecho del recurrente a ser escuchado, al no sustanciar la prueba ofrecida y lo colocó en una situación. de indefensión al rechazar de plano la intervención de los Jetrados designados, disponer, en su caso, la intervención del defensor oficial (2). .

IGNACIO RAMON ALBA v. BALPALA CONSTRUCCIONES .

FERROVIARIAS S.A.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones — federales simples. Interpretación de otras normas y actos federales.

Si lo decidido entraña una malinterpretación que no da cumplimiento a la decisión anterior de la Corte, corresponde devolverle las actuaciones para que conozca y resuelva sustancialmente la materia. .

(1) Fallos; 206:65 ; 208:578 ; 304:830 , 1886; 308:1558 .

2) Fallos: 290:203 ; 297:134 .

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:746 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-310/pagina-746

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