Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1988, Fallos: 311:1656 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...


SANATORIO OTAMENDI y MIROLI S. A. v. FOURQUET S. A.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Exclusión de las cuestiones de hecho. Impuestos y tasas.

Los agravios referentes a la existencia de un convenio sobre el impuesto al valor agregado remiten al examen de cuestiones de hecho, prueba y derecho común, ajenas al recurso extraordinario.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Senten cias arbitrarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y prueba. Existe cuestión federal, si el tribunal ha prescindido de efectuar un tratamiento adecuado de la cuestión de acuerdo con las pruebas producidas.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa.

Existe cuestión federal, si el tribunal ha dado de las normas tributarias en juego UN alcance inadecuado que no se compadece ni con su letra ni su espíritu.

IMPUESTO: Principios generales. La situación fiscal de las partes debe establecerse conforme con la ley tributaria vigente al momento de configurarse el hecho imponible.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso, Falta de fundamentación suficiente.

Al desconocer idoneidad probatoria al informe de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a los efectos de determinar el impuesto al valor agregado, por considerar que el avalúo fiscal había sido realizado con posterioridad a la fecha de entrega de la posesión del inmueble, la Cámara sólo ha expresado una mera afirmación dogmática que no encuentra sustento adecuado en las constancias del juicio ya que nada lleva a pensar que un posible cambio de valuación tenga también incidencia en la relación porcentual entre el valor del terreno y el de lo edificado. - .

FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 25 de agosto de 1988.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Sanatorio Otamendi y Miroli S, A. c/ Fourquet S. A.", para — — decidir sobre su procedencia,

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

6

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1988, CSJN Fallos: 311:1656 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-311/pagina-1656

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 311 Volumen: 1 en el número: 1656 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com