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Año: 1988, Fallos: 311:488 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ubicado en aquella jurisdicción, debe acudirse a razones de economía procesal . - para fijar la competencia territorial (1). .

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por el territorio. Lugar del delito. . - - Siel imputado aparece domiciliado en la Capital Federal, y la justicia nacional previno en la causa, corresponde otorgarle el conocimiento de la causa por desbaratamiento de los derechos de los embargantes en un juicio tramitado en la provincia mediante la venta en la Capital Federal del inmueble ubicado en _—_ jurisdicción provincial. - - .

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Generalidades. Las contiendas de compotencia habrán de tramitar por la vía incidental que . corresponda a fin de evitar innecesarias dilaciones en el trámite del principal.

MEDIDAS DISCIPLINARIAS. . - -
-.. Corresponde poner en conocimiento de la Suprema Corte provincial, para que adopte las medidas que considere del caso a fin de evitar innecesarias dilaciones enel trámite de los sumarios, que la investigación se ha visto demorada algo más — descis meses por la negativa de los jueces de primera instancia para resolverla —.

cuestión de competencia, invocando razones de mero turno judicial. — . MARIA GRISELDA TERENZANI - JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Casos .

- Con independencia del perjuicio, o de la falta de el, que pudicra haber sufrido —° el patrimonio nacional, el enganche de un aparato telefónico en forma clandes- .

tina a una línea asignada a un abonado de ENTel. debe catalogarse entre aquellos hechos que entorpecen el buen desempeño de una empresa nacional " afectada a servicios interjurisdiccionales y por tanto su conocimiento corresponde al fuero de excepción (2). o ALBERT ROHAN — JURISDICCION Y COMPETENCIA: Compétencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Agentes diplomáticos y consulares. Embajadores y ministros extranJeros. — e (1) 12 de abril Fallos: 271:396 ; 304:318 . - - - (2) 12 de abril. Fallos: 301:420 . . .

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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:488 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-311/pagina-488

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