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Año: 1991, Fallos: 314:541 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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recursivo, pero carecen de entidad para modificar la solución propuesta que, porotra parte, torna innecesario el examen de los restantes agravios de aquél y, reitero, no supone abrir juicio sobre la existencia o inexistencia de facultades administrativas para resolver encuadramientos convencionales de alcance general.

Por todo ello, opino que corresponde hacer lugar a la queja y al recurso extraordinario, y dejar sin efecto la sentencia apelada, disponiéndose que, por quien competa, se dicte una nueva. Buenos Aires, 29 de diciembre de 1989. Guillermo Horacio López.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 4 de junio de 1991.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la .

causa Sindicato de Choferes Camiones y Afines c/ Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación", para decidir sobre su procedencia, Considerando:

1) Que contra la sentencia de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que, al revocar la de primera instancia, dejó sin efecto la resolución 314/84 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la —demandada dedujo el recurso extraordinario federal cuya denegación motivó la queja en examen.

Para arribar a esa conclusión el a quo consideró, ante la demanda basada enelart. 23 de la ley 19.549 de procedimientos administrativos, que el citado ministerio carecía de competencia para decidir un caso de encuadramiento convencional como el examinado, facultad que tampoco tenían los jueces, entre otras razones como la interpretación que efectuó de la ley 14.250 porque se había determinado la suerte convencional y estatutaria de trabajadores que no habían tenido la oportunidad de ejercer la defensa de sus derechos "e, inclusive, de gremios que ni siquiera han sido llamados a la discusión", pues es ante el Poder Judicial donde deben resolverse los

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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:541 
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