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Año: 1991, Fallos: 314:621 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

e Sideco Americana S.ACILF, invocando su calidad de vecina de la Capital Federal, demanda a la Provincia de Chubut por cobro de pesos, más intereses compensatorios y punitorios, y costas.

Ello con sustento en una serie de pagarés, emitidos en virtud de las leyes provinciales 3364 y 3411, decretos n° 1340/89 y 1499/89 y el Acuerdo celebrado .

entre las partes el 30 de junio de 1989, como consecuencia de lo cual se autorizó al Poder Ejecutivo provincial a negociar a deuda provincial, al 31 de julio de 1989, emergente de la celebración de contratos de Obra Pública y de Suministro, comprometiéndose a supago mediante la emisión de documentos como los del sub lite. .

Con tales antecedentes, V.E. me corre vista a fin de que dictamine acerca de su competencia originaria, para conocer en esta demanda, promovida por una - sociedad anónima vecina de la Capital Federal, contra un estado provincial, a cuya materia la actora le asigna carácter civil. _— —l— .

Un examen de las circunstancias expuestas me permite concluir -en principio y dentro del limitado marco cognoscitivo propio de las cuestiones de competenciaque la relación jurídica que vincula a la accionante con la provincia demandada y que da sustento al reclamo de autos es de naturaleza administrativa.

En efecto, los documentos cuya ejecución se persigue en autos han sido emitidos, como expresamente surge de su literalidad, "... en transformación de la deuda que mantiene la provincia de Chubut, al 31 de julio de 1989, con Sideco Americana, porla adjudicación de la obra y/o suministro: 250 viviendas en Puerto:

Madryn...". .

De ahf que, toda cuestión vinculada a dicho contrato administrativo deba regirse por las disposiciones provinciales aplicables al caso (in re D.286, LXX, Originario, "DYCASA c/Santa Cruz, Provincia de s/cobro deintereses", resuelta

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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:621 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-314/pagina-621

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