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Año: 1991, Fallos: 314:89 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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MARZO

JUAN CARLOS ROUSSELOT v. CONCEJO DELIBERANTE DE MORON
CORTE SUPREMA.

Sibien se encuentra dentro delas atribuciones dela Corte ejecutar sus pronunciamientos art. 16, segunda parte, de la ley 48), tal potestad no comprende todos los supuestos en queel tribunal decide sobre el fondo del asunto debatido, antesbien, se trata deuna facultad excepcionalfsima reservada para singulares circunstancias.

CORTE SUPREMA.

No considerándose oportuno, por el momento, que la Corte ponga en ejercicio la atribución de ejecutar su pronunciamiento, corresponde remitir los autos ala Suprema Corte de Buenos Aires a fin de que se dispongan las medidas necesarias que aseguren laefectiva cinmediata restitución de un intendente a su cargo, conforme alo decidido anteriormente por el Tribunal.


SENTENCIA DE LA CORTE SUPREMA.
El carácter obligatorio de las decisiones firmes adoptadas por la Corte como uno de - los departamentos que constituyen el gobierno federal, comporta indudablemente la potestad de hacerlas cumplir (Voto de los Dres. Carlos S. Fayt y Rodolfo C. Barra).


SENTENCIA DE LA CORTE SUPREMA.
Las sentencias de la Corte deben ser lealmente acatadas (Voto de los Dres. Carlos S.

Fayt y Rodolfo C. Barra).

CORTE SUPREMA.
La Corte no puede desentenderse definitivamente de lo que ha resuelto, porque tiene laobligación y el deberde velar por su celoso cumplimiento (Voto delos Dres. Carlos $. Fayt y Rodolfo C. Barra).

CORTE SUPREMA.
El quebrantamiento de lo decidido por la Corte o la violación, en los nuevos trámites, de alguna garantía constitucional, mantiene fntegra su jurisdicción y atribuciones Voto de los Dres. Carlos S. Fayt y Rodolfo C. Barra).

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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:89 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-314/pagina-89

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