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Año: 1994, Fallos: 317:224 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones penales. Delitos en particular. Amenazas.

Resulta competente la justicia local de Morón, para entender en la causa seguida a raíz de la denuncia efectuada por un abogado de haber recibido —tanto él como su patrocinado amenazas telefónicas anónimas referidas a su integridad física, si de las constancias del incidente resulta de modo inequívoco que el hecho materia de investigación había acaecido en jurisdicción bonaerense, como también que reconocería motivaciones particulares de naturaleza comercial, habida cuenta que se había pretendido que la presunta víctima demorara el cobro de su crédito. —
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

La presente contienda negativa de competencia suscitada entre el señor Juez a cargo del Juzgado Nacional de Instrucción N° 1 y la titular del Juzgado Criminal y Correccional N° 6, del departamento judicial de Morón, provincia de Buenos Aires, reconoce su antecedente en la denuncia formulada por el abogado Fernando Villalba.

En ella da cuenta de haber recibido en su estudio jurídico una amenaza telefónica anónima, contra su integridad física, que él atribuyó a las investigaciones sobre estafa que estaba realizando, en favor de un cliente suyo, por parte de la Mutual del Personal del Congreso de la Nación (fs. 1/4).

También denunció el doctor Villalba, que su patrocinado Jaime Marchant fue objeto de amenazas en su domicilio de la localidad de Rafael Castillo, por parte de Dante Ledesma, Amira Yoma, Ibrahim al Ibrahim y un guardaespaldas, quienes le instaron a que cesara en sus reclamos por el pago de la deuda con la Mutual o, de lo contrario, le pondrían unos kilos de cocaína a su socia para terminar el problema".

Afs. 12, el magistrado nacional, con base en el resultado negativo de la intervención al teléfono del denunciante, dictó el sobreseimien to provisional en orden al delito de amenazas y dispuso la remisión de las copias del sumario a la justicia provincial para que investigue las

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Año: 1994, CSJN Fallos: 317:224 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-317/pagina-224

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