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Año: 1994, Fallos: 317:487 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Federal de esa localidad, se inició con motivo de la remisión, por. parte de la Cámara Federal de San Martín, de testimonios de la Causa Forbat S.R.L. e/ Senasa s/ apelación Res. 1014/92" ante la posible comisión de un delito de acción pública.

A fs. 22, el magistrado local tras considerar que el presente caso encuentra adecuación dentro de las previsiones de la Ley 24.051, pues conforme surge del informe del Senasa, el producto elaborado sin el correspondiente aval técnico, implica un grave riesgo para la sanidad animal, la salud pública y el medio ambiente, declinó su competencia . en favor delajusticia Federal. Por su parte, el juez nacional sobre la base que de existir delito este sería el de estafa a particulares —arts. 172 y 173 inc. 19 del código Penal-, no aceptó la competencia atribuida. .

Con la insistencia de fs. 26 por parte de la justicia local quedó trabada esta contienda. A mi juicio, asiste razón al magistrado federal pues, de la lectura del artículo 2° de la mentada ley se desprende que, para la configuración de ese ilícito es necesaria la existencia de alguno de los desechos indicados en el anexo 1 o que posean alguna de las características enumeradas en el anexo ?, situación que, de acuerdo con las constancias de autos, no se da en el presente caso.

Por lo expuesto, entiendo corresponde a la justicia ordinaria continuar con la investigación de la causa. Buenos Aires, 25 de febrero de 1994. Oscar Luján Fappiano. .

FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 10 de mayó de 1994.

Autos y Vistos; Considerando:

19 Que el Servicio Nacional de Sanidad Animal canceló el certifi- cado provisional de uso y comercialización otorgado al producto Cialox

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Año: 1994, CSJN Fallos: 317:487 
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