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Año: 1994, Fallos: 317:945 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL SUSTITUTO
Suprema Corte:

La presente contienda de competencia suscitada entre el señor Juez Federal en lo Criminal y Correccional N° 1 de San Isidro, y el señor Juez a cargo del Juzgado Criminal y Correccional N° 4, de esa ciudad, se ha originado con motivo de la denuncia formulada a fs. 1 por Francisco Bugatti, quien refiere que otra persona utilizando una cédula de identidad presuntamente falsa, abrió una cuenta corriente a su nombre en el Banco Patricios, sucursal Munro, y libró contra ella distintos cheques, por los cuales ahora se pretende ejecutarlo. .

Afs. 25, la justicia de excepción, con fundamento en que el hecho investigado consistiría en una defraudación, declinó su competencia en favor del juzgado provincial.

Este último, a su turno, rechazó ese criterio al entender que también sería objeto del proceso la falsificación de una cédula de identidad, de competencia exclusiva de la Justicia Federal. , .

Con la insistencia de fs. 30 quedó trabado el presente conflicto.

Considero que corresponde resolver esta contienda declarando la competencia de los tribunales locales, ya que el delito de falsificación, cuando recae sobre una cédula de identidad, no surte la competencia federal (Competencia N° 100, L. XXIII "Banco Federal Argentino s/ denuncia estafa", resuelta el 22 de mayo de 1990). Buenos Aires, 27 de mayo de 1994. Eduardo Ezequiel Casal.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
BuenosAires, 6 de septiembre de 1994.

Autos y Vistos; Considerando: .

1) Que la presente contienda negativa de competen cia se trabó entre el Juzgado Federal N" 1 de San Isidro y el Juzgado en lo Criminal y Correccional N° 4 departamental, en la causa iniciada con motivo de la denuncia formulada por Francisco Bugatti referente a que

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Año: 1994, CSJN Fallos: 317:945 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-317/pagina-945

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