que previo sorteo lo remita al juzgado federal de primera instancia de la seguridad social que corresponda.
JuLto S. NAZARENO — EnuArDo Mont O'Connor — Carlos S. FAYr —
AUGUSTO César BELLUSCIO — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO
BOGGIANO — GUILLERMO A. F. Lórez — Gustavo A. Bossert — AnoLFo
ROBERTO VÁZQUEZ. .
TELECOMUNICACIONES INTERNACIONALES DE ARGENTINA TELINTAR S.A.
Y OTROS v. COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES
MINISTERIO DE ECONOMIA y OBRAS y SERVICIOS PUBLICOS)
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Concepto y generalidades. Es sentencia definitiva la que resolvió que las actoras debían tributar la tasa de justicia ya que, de postergarse el tratamiento de la cuestión propuesta, podría generarse un agravio de imposible o dificultosa reparación ulterior.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Casos varios.
Procede el recurso extraordinario contra la sentencia que resolvió que las empresas actoras debían tributar la tasa de justicia si el a quo ha prescindido de dar un tratamiento adecuado a la controversia de acuerdo a las constancias de la causa y a la normativa aplicable.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que resolvió que las empresas actoras debían tributar la tasa de justicia si el a quo ha prescindido de considerar las expresas manifestaciones de las recurrentes, por lo que media en el caso el nexo directo e inmediato entre lo debatido y resuelto y las garantías que se dicen vulneradas.
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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:1620
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