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Año: 1999, Fallos: 322:470 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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RESOLUCION DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 16 de marzo de 1999.

Visto el expediente N° 11-00638/96, caratulado "Acordada 21/96 — ejercicio de la docencia", y Considerando:

1) Que la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata concedió al Sr. Presidente del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de esa jurisdicción, Dr. Bruno Casteller, autorización para desempeñarse como Director Académico y como docente en la Universidad Notarial Argentina (conf. resolución N° 97/98 de fs. 222).

TI) Que esta Corte expresó que "...tratándose de excepciones, ellas deben ser interpretadas y aplicadas estrictamente y no con extensión a funciones distintas, aunque se consideren conexas con las docentes", pues las "indudables finalidades del principio son, por una parte, la de asegurar el cabal desempeño de la magistratura..".

Asimismo, señaló que "los cargos directivos o de gobierno de los institutos universitarios, aparte de no estar comprendidos en la excepción, pueden colocar al juez en situaciones que afecte, siguiera en el ánimo de los litigantes, a la serenidad y a la confianza que deben acompañarlo en el desempeño de sus funciones" (Fallos 234:647 ; 248:179 y 306:556 ). .

III) Que además, "...la excepción que prevé el art. 9° del decreto-ley 1285/58 debe ser interpretada estrictamente, no procediendo así extenderla a funciones distintas aun cuando sean conexas con las docentes (Fallos 248:179 ).

IV) Por lo expuesto, en la resolución N° 3026/97 este Tribunal decidió mantener el criterio que permite el ejercicio de actividades estrictamente docentes.

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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:470 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-322/pagina-470

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