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Año: 2000, Fallos: 323:1846 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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23 de mayo de 1996 (conf. fs. 327). En el tercero funcionó la "Unidad Sistema de Gestión de la Provincia" creada por el decreto provincial del 6 de marzo de 1996 y encabezada por el doctor Guillermo Adolfo Heisinger —en calidad de representante del gobernador y el señor Rubén Omar Vidal —en carácter dejefe de la unidad (confr. copia del decreto a fs. 80/81 y declaración testifical de fs. 349 vta.).

4?) Que poco antes de quela Dirección de Rentas se instalara en el segundo piso y a fin de "dejar el edificio en condiciones" después de la mudanza del banco, la titular de la Casa de Salta en Buenos Aires requirió presupuestos a varias empresas para efectuar una limpieza por única vez" de los pisos 1° y 2°, que fue ejecutada en definitiva por la firma "La Estrella Española" (confr. instrumental defs. 95/101, informes de fs. 315, 324 y 337, y declaración testifical defs. 349 vta.).

Entre las empresas invitadas a ofertar se encontraba precisamentela actora. Ahora bien, de ser cierta la versión contenida en la demanda -según la cual aquélla venía prestando idénticos servicios desdefecha anterior, en esos mismos pisos-la actora podría haber objetado esa convocatoria, cuyo objeto se superpondría parcialmente con el del convenio que presuntamente había celebrado con el Sistema de Gestión. Sin embargo, lejos de cuestionar el llamamiento, Servicios Empresarios Wallabies presentóel 20 demayode 1996 un "presupuesto para limpieza profunda de los pisos 1 y 2 del edificio ex-Banco de Salta" (sic) suscripto por su gerente Alejandro Lusardi —el mismo que firma la demanda- (fs. 46). Y no conforme con ello, la actora aprovechó la oportunidad para ofrecer un servicio de "limpieza diaria" con un abono mensual, según surge del mismo presupuesto (confr. fs. 96/97).

Este documento, reconocido expresamente por la propia actora (ver fs.

134 vta. y 331, posiciones 2da. y 3ra.) resta verosimilitud a su postura, ya que es inadmisible que la actora pretendiera celebrar dos contratos con distintas reparticiones de la misma provincia para limpiar idéntico espacio físico (los pisos 1° y 2° del edificio mencionado) en la misma época (repárese en que la actora dice haber comenzado efectivamente la prestación del servicio el 18 de abril de 1996).

5) Que por otra parte, la propia actora afirma en la demanda que al mismo tiempo" que ejecutaba el presunto contrato celebrado con la unidad Sistema de Gestión, "efectuaba tareas similares para las oficinas de Rentas de la Provincia de Salta".

En efecto, el acuerdo cuya copia fiel obra a fs. 342 da cuenta del contrato celebrado entre Servicios Empresarios Wallabies y la Direc

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:1846 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-323/pagina-1846

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