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Año: 2003, Fallos: 326:1593 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por las personas. Distinta vecindad.

Corresponde a la justicia de la Provincia de Buenos Aires conocer en la causa en la que se pretende obtener una declaración de certeza respecto de la validez del decreto de necesidad y urgencia 1372/02 de la Provincia de Buenos Aires, que regula la habilitación de juegos de azar.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

—|-

La presente cuestión de competencia por vía de inhibitoria se suscita entre la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (v. fs. 758/761) y la Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, Provincia de Misiones (v. fs. 774/775).

En consecuencia, corresponde a V.E. dirimirla, en uso de las facultades que le acuerda el art. 24, inc. 7 del decreto-ley 1285/58, al no tener ambos tribunales un superior jerárquico común que pueda resolverla.

— II El proceso tuvo su origen en la acción dedarativa de certeza iniciada, a fs. 441/476, por los actores American Data S.A., empresa que se dedica a la explotación de máquinas de juegoelectrónicas y electromecánicas en una agencia hípica y varios de sus empleados, todos con domicilio en la ciudad de Apóstoles, Provincia de Misiones, a quienes se adhirieron la Asociación Gremial del Personal de los Hipódromos Buenos Aires y San Isidro, con domicilio en Martínez (Pcia.

de Bs. As.); las Agencias Hípicas Provinciales y Nacionales, con domicilio en la Capital Federal y la Cámara Argentina de Agencias de Turf, con domicilio en La Plata (Pcia. de Buenos Aires), contrala Provincia de Buenos Aires, anteel Juzgado F ederal de Posadas, Provincia de Misiones, a fin de que se despeje la incertidumbre

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:1593 
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