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Año: 2005, Fallos: 328:1637 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Por ello, oído el señor Procurador General, se declaran mal concedidos los recursos extraordinarios y se rechazan las quejas deducidas.

Intímese al Estado Nacional —M ° de Infraestructura— y al ENARGAS, a efectuar cada uno de ellos el depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación de conformidad con lo previsto en la acordada 47/91 en el recurso de hecho D.10.XXXVIII.

Decláranse perdidos los depósitos: del recurso de hecho D.7.XXXVI11.

confr. fs. 1); del recurso de hecho D.17.XXXVI11. (confr. fs. 240) y del recurso de hecho D.590.XXXVII. (confr. fs. 189/192). Notifíquese, archívense las quejas y, oportunamente, devuélvanse.

ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI (según su voto) — AUGUSTO CÉsAR BeLLuscio — CARLOos S. FAYr — ANTonio BOGGIANO — JUAN CARLOS MaquenDa (según su voto) — E. RAÚL ZAFFAronI (según su voto) — ELENA |. HiGHTON DE NoLAsco — RICARDO Luis LOrEnzETTI (según su voto) — CARMEN M. ArGIBAY.

VoTo DEL SEÑOR PRESIDENTE DOCTOR DON ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI
Y DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON JUAN CARLOS MAQUEDA,

DON E. RAÚL ZAFFARONI Y DON RICARDO Luis LORENZETTI
Considerando:

1°) Que el Defensor del Pueblo de la Nación interpuso contra el Estado Nacional y el Ente Nacional Regulador del Gas, la denanda ordinaria que el Tribunal tiene a la vista y que tramita ante sus estrados en el expediente caratulado D.90.XXXVIII. "Defensor del Pueblo de la Nación d/ E.N. —P.E.N.— M°.E. — dto. 1738/92 y otro s/ proceso de conocimiento". En el ámbito de la causa mencionada, aquel funcionario sdlicitó el dictado de la medida cautelar que aquí se examina, con el objeto de que no se aplique a las tarifas de gas un ajuste sobre el importe de éstas, calculado según el índice de variación del mercado internacional "Producer Price Index, Industrial Conmodites" PP1); en especial, que no se lo haga en los términos del acuerdo celebrado entre el Estado Nacional, el Ente Nacional Regulador del Gas y las licenciatarias del servicio público de transporte y distribución del gas natural, que fue plasmado en el acta acuerdo del 17 de julio de 2000 e incluido en el texto del decreto 669/00. El Defensor del Pueblo de la Nación aclaró que, "...la cautelar sdicitada tiende a impedir que

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:1637 
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