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Año: 2007, Fallos: 330:1242 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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1242 TALLOS DE LA CORTE SUPREMA 230 RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión federal. Oportunidad. Generalidades.

Corresponde denegar el recurso extraordinario si los agravios relativos a la temeridad y malicia alegados por el actor ya habían sido rechazados por la Corte en su anterior sentencia, sin que pudiera ser materia de tratamiento por el a quo en su nueva sentencia.

Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema.

ACTOS PROPIOS.
Si el propio actor manifestó que no altera la sustancia del fallo dictado lo solicitado en la aclaratoria en relación al reajuste equitativo del monto de la condena y la declaración de inconstitucionalidad de la ley 25.561 en cuanto modifica la 23.928, ello le impedía adoptar con posterioridad una posición contraria e invocar que la aclaratoria integra la sentencia definitiva de la causa.

Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.

Es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) el recurso extraordinario interpuesto contra el pronunciamiento que declaró la inadmisibilidad de la solicitud de condena por temeridad y malicia, del reajuste equitativo y del planteo de inconstitucionalidad de la ley 25.561 (Voto de la Dra.

Carmen M. Argibay).


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—I-

A fs. 269/270 de los autos principales (a los que me referiré en adelante), V.E. resolvió —por remisión al dictamen de este Ministerio Público— dejar sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (Sala I), en cuanto consideró que el actor había "resignado" las pretensiones relacionadas con los salarios caídos que correspondieran desde enero de 1995 hasta el otorgamiento del retiro voluntario o la consiguiente reparación económica. Allí se sostuvo que la sentencia traducía una errónea comprensión del objeto litigioso, se apartó de las constancias de la causa y 7 Us 2-MARZO-200,065 142 20/2/2007, 1757

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:1242 
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