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Año: 2007, Fallos: 330:4030 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Recurso de hecho interpuesto por el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, actor en autos, representado por el Dr.Gastón Jorge Blanchetiere en carácter de apoderado, con el patrocinio letrado del Dr. Alejandro Lavandeira.

Tribunal de origen: Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala ll.

LUCIANO LOSON
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Subsistencia delos requisitos.

Las sentencias de la Corte Suprema deben ceñirse a las circunstancias dadas cuando se dictan, aunque aquéllas sean sobrevinientes al recurso extraordinario.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Subsistencia delos requisitos.

Devino abstracta la cuestión planteada en la queja si las inversiones a plazo fijo y en caja de ahorros fueron constituidas en pesos, y a tenor de lo dispuesto por la resolución ME 6/02, el 24 de diciembre de 2004 expiró la reprogramación de los depósitos constituidos en moneda nacional.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Subsistencia delos requisitos.

Si bien resulta inoficioso un pronunciamiento de la Corte sobre los agravios expresados por el recurrente, corresponde revocar la sentencia a fin de evitar que la subsistencia de la misma le cause un gravamen no justificado por la manera en que haya quedado limitada la relación procesal (Disidencia dela Dra. Elenal.

Highton de Nolasco).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 11 de septiembre de 2007.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Banco de la Nación Argentina en la causa Loson, Luciano s/ acción de amparo", para decidir sobre su procedencia.

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:4030 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-330/pagina-4030

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