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Año: 2017, Fallos: 340:1233 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 5 de septiembre de 2017.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Schenfeld, Jorge Ricardo c/ Citibank N.A. s/ ordinario", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

1") Que la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial revocó el pronunciamiento de grado que había declarado la inconstitucionalidad del art. 39 del decreto-ley 15.348/46 —ratificado por la ley 12.962 y texto ordenado según decreto 897/95-, la nulidad de las subastas de dos camiones de propiedad del actor realizadas por el banco demandado en los términos de la norma invalidada y que, asimismo, había ordenado la restitución de los rodados objeto de remate 0, en su defecto, su valor de mercado a la fecha de la sentencia.

2) Que, por otra parte, la cámara rechazó ingresar en el tratamiento de la pretensión de rendición de cuentas, pues entendió que el ataque de inconstitucionalidad introducido en el escrito de fs. 81/82, por constituir un reclamo incongruente con el anterior, debía ser considerado una "modificación sustantiva" y no una ampliación de la demanda (fs. 548 vta.). No obstante ello, agregó que los agravios relacionados con una irregular compensación al tiempo de vender los rodados escapaba a los términos de esta litis, pues consideró que de ser comprobada, tal circunstancia se traduciría en una condena de resarcir daños y perjuicios, materia de la que solo se había hecho reserva en la demanda inicial (fs. 544/549).

Contra este pronunciamiento, el actor dedujo el recurso extraordinario federal (fs. 560/579), cuya denegación (fs. 596) motiva la queja en examen.

3 Que los agravios vinculados con la validez constitucional del art. 39 del decreto-ley 15.348/46 resultan inatendibles, pues el recurrente no refuta todos y cada uno de los argumentos del fallo

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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:1233 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-340/pagina-1233

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